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 El largo camino hacia la formalidad 

Las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), entidades civiles de bien público sin fines de lucro, son el conjunto de entidades, de personas, de valores que actúan en la Sociedad para contribuir a que esta sea cada vez mejor.

 

Las OSC desempeñan un papel fundamental en la sociedad ya que poseen principios solidarios y vocación de servicio, a través de la acción voluntaria de particulares, que encontraron en las OSC una forma de acción colectiva, que permite lograr sus fines solidarios.

 

Esta acción colectiva logra una mayor presión sobre el Estado, al evidenciar las necesidades y exigir una solución, que de otro modo individualmente sería imposible de conseguir.

 

En los países más desarrollados la influencia de las OSC es muy importante, pero no se deben ocupar de las necesidades básicas, que están a cargo del Estado, sino en complementar la labor oficial en lo atinente a mejorar la calidad de vida de la población como por ejemplo, la defensa del medio ambiente o de los derechos de las minorías.

 

Con el transcurso de los años el Estado ha intentado, con la intención de evitar abusos, de limitar los beneficios impositivos de las fundaciones y asociaciones, ya que estos beneficios impositivos pueden alentar maniobras que lleven a algunas personas a constituir entidades civiles, cuando su real objetivo es la obtención de utilidades, que luego serán distribuidas entre sus componentes. Por ello, el Fisco solicita la presentación de la información contable acompañados de un informe emitido por Contador Público matriculado para descubrir irregularidades que podrían provocar la pérdida de estos beneficios. A su vez si hay una actividad de lucro encubierta implicaría la pérdida de la personería jurídica como una entidad sin fin de lucro.

 

Debido a los abusos verificados, tanto en la IGJ como en la AFIP, en el momento de pedido de la personería jurídica y de la exención de los gravámenes por estas entidades, existe un preconcepto que lleva a pensar con suspicacia que las instituciones solicitantes tienen en realidad un fin de lucro encubierto.

 

Por otro lado, también existe en la población la sensación generalizada de que las fundaciones y asociaciones poseen una exención total en todos los impuestos. Esta sensación es errónea ya que para que las mismas se encuentren exentas deben cumplir con una serie de requisitos (por ejemplo, que los ingresos sean destinados al cumplimiento de sus fines) más algunas cuestiones particulares en cada uno de los impuestos. Además, deben cumplirse una serie de trámites formales a los efectos de obtener el certificado de exención correspondiente. 

 

Las entidades civiles, entre ellas las asociaciones civiles y las fundaciones, tienen en común su objeto de bien común y la NO persecución de fines pecuniarios. No importa si este bien común es para toda la comunidad de forma directa o indirecta beneficiando a sus asociados principalmente como puede ser un club.

 

El hecho de no perseguir la obtención de lucro, no implica ninguna diferencia con las sociedades comerciales, con respecto a los siguientes puntos:

  • Poseer un patrimonio propio

  • Realización de actividades tendientes a la obtención de un superávit, con la finalidad de procurar la supervivencia de la institución

  • Presentación de estados contables, de acuerdo a las normas legales y profesionales vigentes.

 

La presentación de los estados contables y toda información que muestre cómo obtuvieron sus recursos y si éstos fueron erogados en cumplimiento de su objeto social, debe hacerse ante su ente de contralor, en Capital Federal es la Inspección General de Justicia, es quien otorga, deniega, o quita la personería jurídica a estos entes.

 

En la Argentina hacen falta más controles sobre estas entidades, pero no solo para detectar presuntos evasores, sino para preservar a las auténticas Organizaciones de Utilidad Social de quienes quieran utilizarlas de una forma fraudulenta, más aun que hoy en día reciben más dinero, y cuidar su esencia e imagen ante la comunidad a fin de que tengan credibilidad. El desconocimiento de la materia por parte de los funcionarios, favorece que sean utilizadas para distintos fines, que no son para el cual fueron autorizadas a funcionar.

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